La custodia compartida fue instituida por la legislación brasileña en 2008, pasando su aplicación obligatoria a través de la ley número 13.058/2014. Se trata de la responsabilidad conjunta de los padres para salvaguardar todos los derechos de sus hijos y decidir conjuntamente todo lo que concierne al menor, con el objetivo fundamental de la cooperación mutua entre los padres para alcanzar lo mejor para el niño. También existe la custodia unilateral de uno de los padres, cuando el otro ha dejado de ejercer la custodia compartida, o cuando el poder judicial percibe que uno de los padres no tiene las condiciones necesarias para la custodia compartida. La custodia unilateral será ejercida por el padre que mejor satisfaga las necesidades del niño. La regulación de las visitas del otro progenitor está garantizada por ley, y el régimen de visitas y la convivencia familiar pueden establecerse de común acuerdo, siempre que sea apropiado para la rutina y las costumbres del niño.
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