Testamento

El testamento es un instrumento legal que garantiza la expresión en la vida de los deseos de una persona en relación con el patrimonio que pretende dejar a sus herederos. Está regulado por los artículos 1.857 y siguientes, de la Ley 10.406, de 2002, del Código Civil de Brasil. Es posible disponer em testamento de todos sus bienes, o parte de ellos, y lo testamento se puede cambiar, revocar o reemplazar en cualquier momento, respetando las disposiciones del Código Civil. Las modalidades de testamento son el público, el cerrado, el codicílico y el particular. También hay testamentos especiales, es decir, el testamento marítimo, aeronáutico y militar. El testamento público se realiza en la oficina del notario, escrito por el notario del registro de notas de acuerdo con la voluntad del testador; se llama público porque la voluntad del testador será conocida por otros después de su muerte. El testamento cerrado es escrito por el testador o por una persona elegida por él y firmada por el testador. Su escritura debe ser validada y aprobada por un notario o un sustituto legal en presencia de dos testigos (que no pueden ser beneficiarios del documento) y el testador. Si se prueba el testamento, el testador lo conservará y se abrirá después de su muerte, por un juez, ante la persona que representó al testador en la vida y el escribano. El testamento particular está escrito por el autor de lo testamento, leído en presencia de tres testigos (que no pueden ser beneficiarios del documento), quienes deben firmarlo. Es la más simple de todas las modalidades, pero debe ser validada por la justicia a través de la audiencia de testigos después de la muerte del testador para que tenga fuerza legal. El testamento codicílico se realiza como un acto de último testamento, realizado antes de que una persona muera, cuando ese testador toma algunas disposiciones especiales, donando muebles, ropa o joyas, o incluso, determinando el reemplazo de los herederos. Es un modelo en desuso, que muestra los últimos deseos en el lecho de muerte, de naturaleza de interés personal, y no puede tener activos más valiosos, como bienes inmuebles o cuentas bancarias. En testamentos especiales , son aquellos realizados en condiciones excepcionales. Lo testamento aeronáutico y lo testamento marítimo son de naturaleza similar, se hacen a bordo de barcos o aeronaves en movimiento, ante un peligro inminente, y no pueden hacerse en puertos o aeropuertos. Mostrará la última voluntad del testador, que debe hacerse antes que el comandante y dos testigos. Finalmente, lo testamento militar puede ser hecho en casos de guerra por personal militar o personas involucradas en la operación de las fuerzas armadas en las cuales el testador no puede hacer una voluntad común. Debe firmarse en presencia del comandante o un oficial superior y dos testigos o un auditor. Si no se puede escribir, se puede hacer verbalmente y luego transcribir por los testigos. Testamentos especiales son válidos por noventa días si no se produce la muerte del probador. En todo tipo de testamento, consultar a un abogado para prepararlo es la mejor opción para la preparación de un documento claro que brinde las decisiones deseadas por el testador.